Artículo 1:Principios generales

La Conferencia Intercontinental de Universidades y Grandes Escuelas « C.I.U.G.E» pretende alcanzar los objetivos mencionados en el artículo 4 del Estatuto.
Los miembros de la "C.I.U.G.E" están obligados a:

  • Respetar los estatutos y reglamentos interiores
  • Desarrollar la colaboración, la solidaridad y la sinergia entre sus miembros
  • Fomentar las escuelas y universidades miembros, tanto a nivel continental como intercontinental
  • Realizar los trámites de interés común ante las autoridades publicas
  • Hacer evolucionar las formaciones, desarrollar la investigación, la innovación y el desarrollo de los conocimientos.


Artículo 2: La etiqueta « Conferencia Intercontinental de Universidades y Grandes Escuelas (C.I.U.G.E) »

Solo pueden estar admitidos en la « C.I.U.G.E » y obtener su etiqueta exclusivamente para una de las categorías de miembros (definidos en el artículo 5 del estatuto) los organismos que cumplen la condiciones de adhesión.

La admisión a la « C.I.U.G.E » se realiza segur criterios particularmente exigentes relativos a la vez con la estructura, las modalidades de reclutamiento, los enfoques pedagógicos y el acompañamiento de los estudiantes dentro de los establecimientos :

  • Establecimiento autorizado por el Estado para expedir diplomas Bac +3 y Bac +5,
  • Las condiciones de admisión de estudiantes
  • El número de horas de enseñanzas fijadas
  • El contenido y la naturaleza de enseñanzas
  • La cualificación de los profesores y la orientación pedagógica
  • La sanción de los estudiantes
  • La política de investigación
  • La política internacional y los intercambios
  • El seguimiento de los graduados y su integración profesional inicial
  • La gobernanza


Artículo 3: Procedimientos y modalidades de adhesión

  • La admisión a la « C.I.U.G.E » se realiza mediante el examen de una candidatura presentada por escrito.
  • Conforme a los estatutos, los diferentes procedimientos según la calidad de los miembros
  • El presidente de la institución postulante envía una solicitud de adhesión explicando sus motivaciones al presidente de la « C.I.U.G.E »,a la atención de la delegación general
  • La delegación general comprueba los elementos básicos necesarios para la elegibilidad, como el tipo del diploma obtenido, la antigüedad, el tamaño de promociones;
  • Si estos elementos básicos son consistentes, la escuela recibe un expediente de autoevaluación que debe rellenar y devolver a la « C.I.U.G.E »
  • Este expediente se examina y la delegación general nombra una comisión de tres auditores/ponentes, entre ellos un ponente principal responsable de la misión
  • Los auditores elaboran sus informes a la intención de la delegación general
  • Tras el examen de la candidatura por la delegación general, se procede a su deliberación durante una reunión de la misma delegación que tiene poder decisorio


Artículo 4: Relaciones entre los miembros y con el exterior

  • Todas las informaciones relativas con los miembros dela C.I.U.G.E se recogen bajo la responsabilidad de la delegación general.
  • Reservándose al respeto de las normas de confidencialidad, las informaciones pertinentes se mantienen a disposición de los servicios, con el fin de garantizar sus obligaciones de comunicación.
  • En un marco deontológico y ético, la C.I.U.G.E se compromete a no dar ninguna información que permita hacer comparaciones o clasificaciones de sus escuelas miembros.
  • Los miembros de la C.I.U.G.E son obligados a participar en las labores de los órganos de los que están miembros.
  • A parte de las delegaciones que les han sido regularmente otorgadas y se hicieron públicas, los miembros no pueden hacer partícipe de la C.I.U.G.E o tomar una posición en su nombre.